El informe de evaluación del edificio (IEEV.CV) contiene los siguientes datos de un edificio: su estado de conservación, sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética, y en él se hace incapié en las posibles lesiones y sus causas para que se puedan emprender las acciones necesarias de mantenimiento de este.
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1-¿En qué caso es necesario el IEEV.CV?
Si eres propietari@de un edificio residencial, independientemente de si es unifamiliar o plurifamiliar, deberás realizar el informe si es alguno de estos tu caso:
1.- Tu vivienda tiene más de 50 años (según catastro)
2.- Quieres solicitar una ayuda para la rehabilitación de tu edificio, sin tener en cuenta en este caso la antigüedad.
2-¿Quién tiene la obligación de hacer el IEEV.CV?
Son siempre los propietarios del edificio residencial los que tienen la obligación de realizarlo además de costeralo. En el caso de un edifcio plurifamiliar será la comunidad quien deba encargarse de ello.
3-¿Cuanto tiempo tengo para hacer el Informe de Evaluación del Edificio?
Si tu edificio residencial ya ha cumplido 50 años, dispones de todo el año hasta el 31 de Diciembre para relizar el IEEV.CV, en caso de que se pase el plazo podrás recibir una sanción de entre 600€ y 6.000€.
4-¿Durante cuanto tiempo tiene validez el IEEV.CV?
Tiene una validez de 10 años y antes de que finalice este plazo se deberá de presentar un nuevo IEEV.CV, en el caso de que no se realice en el plazo recibirá una sanción urbanística.
5-¿Cuáles son los pasos a seguir si tengo una propiedad y tengo la obligación de hacer el Informe de Evaluación del Edificio?
Lo primero es contactar con personal técnico (arquitecto, aparejador…) como nosotros y a partir de ahí el procedimiento será el siguiente:
- El técnico realizará una visita de inspección donde valorará el estado de conservación del edificio, accesibilidad y eficiencia energética. Pondrá especial atención a todas las posible lesiones en el edifico y sus síntomas.
- El técnico redactará el Informe de Evaluación del edificio.
- Te entregarán el justificante de registro y también el informe IEEV.CV
6-Si he realizado una reforma integral, ¿Tengo la obligación de hacer el IEEV.CV?
Sí. Lo que importa es en que año se construyó el edificio y este dato puedes obtenerlo facilmente en el Catastro.
Si en su día hiciste una reforma integral o parcial del edificio no cuenta, solo se modifica el año de construcción en catastro en caso de que las obras que hayas realizado tengan las consideración de obra nueva.
7-¿Cuanto cuesta el informe?
Como dato orientativo decirte que los precios arrancan en 760€ +IVA y que dependiendo de las diferentes características de tu vivienda unifamiliar o edificio plurifamiliar este precio se va incrementando.
8-¿Hay ayudas para pagar el informe?
Sí, hay una subvención básica del 20% del importe protegido para todas las solicitudes de edificios de más de 50 años y que cumplan los requisitos y documentación exigida.
Y Una subvención adicional que sume hasta 4.500 € según los criterios de adjudicación y disposición presupuestaria.
La convocatoria de 2022 ya ha finalizado, pero no te preocupes puedes acogerte a la de 2023, todo lo que necesitas es tener ya hecho el informe, presentar la factura y la justificaión de su pago mediante transferencia.
En PAM-POL podemos tramitarte este informe…
Todo lo que debes hacer es contactar con nosotros y encantados te informaremos de lo que debes de hacer y de cúal es el coste de tu IEEV.CV.
Nosotros nos encargamos de realizarte la inspección visual, y de redactar el informe así como la parte que tiene que ver con la accesibilidad y la eficiencia energética. Y cuando este todo listo, te entregaremos un justificante para que puedas quedarte tranquil@!